Extensión de vigencia de crédito IVA a la construcción tendrá un costo de US$ 455 millones
Dentro del proyecto que establece un plan de emergencia habitacional y facilita la ejecución de obras urbanas, el Gobierno incluyó los cambios en exenciones comprometidos para mitigar la crisis que vive el sector de la construcción. En la iniciativa se detalla la fórmula para la extensión de la vigencia del crédito especial IVA de empresas constructoras. Este beneficio es para las compañías, que tras diversas legislaciones fue reduciéndose en el tiempo, tanto en tramo como en plazos.
Se consideraba que el beneficio tributario que les permite descontar el tributo al consumo desapareciera en 2025. Sin embargo, se ampliará el período de transición de este beneficio, de modo que se mantendrá en un porcentaje por dos años, para el 2025 y 2026, y terminará definitivamente en 2027. ‘La Ley N° 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias, supone nuevas condiciones económicas para la industria de la construcción que han generado una reevaluación de proyectos del Plan de Emergencia Habitacional’, dice el proyecto de ley que hace unos días ingresó a la Cámara de Diputados.
El Informe Financiero (IF) que acompaña a la iniciativa detalla que actualizando los valores del IF de 2021 de la ley que modificó exenciones tributarias y originalmente eliminaba el crédito IVA a la construcción en 2025, de acuerdo con proyecciones de PIB actualizadas, se indica que la mayor recaudación por reducción transitoria de la tasa del crédito de 65% a 32,5% se estima en 0,07% del PIB de cada año, lo que es equivalente a $192.997 millones (en pesos de 2022) para el primer año (2023) y $199.508 millones para el segundo año (2024) de entrada en vigencia. El informe precisa que, suponiendo que hay un período de alrededor de nueve meses desde que se solicita un permiso de edificación hasta que este se aprueba, la recaudación estimada para 2023 se reduce en un 75%, consistente con nueve meses de proyectos que mantendrán el beneficio, con una menor recaudación en 2023 de $144.748 millones.
Asimismo, se estima que al ajustar el período y tipo de transición de la reducción del crédito especial IVA para empresas constructoras, el diferencial neto por menor recaudación para el Estado del proyecto de ley será de $128.158 millones durante 2025 y de $131.432 millones en 2026, al quedar ambos años incluidos en un nuevo período de transición con una tasa del crédito de 16,25%. De esta manera, el costo fiscal total de la extensión del beneficio asciende a $404.338 millones (US$ 455 millones). Se precisa que posteriormente el efecto neto de la medida continúa siendo nulo, al extinguir en régimen la exención desde 2027.
Contratos de leasing
En el proyecto también se modifica la entrada en vigencia del tratamiento de los contratos de leasing para el 1 de enero del año 2024, reduciendo los eventuales desincentivos que pudieren generarse por el cambio en las circunstancias.
Así, se traspasa el derecho a deducir como gasto tributario la depreciación de los activos desde el arrendador al arrendatario, quien podría utilizar como gasto la depreciación acelerada al ser un activo fijo. Con esto, se vuelve a la situación anterior a la entrada en vigencia de la ley que modificó exenciones impositivas. La Dirección de Presupuestos detalla que esto no tendría efectos sobre la recaudación fiscal. Juan Pablo Cabello, socio de Cabello y Cía., comenta que ‘dentro del marco del Plan de Emergencia Habitacional resulta relevante postergar la entrada en vigencia de la eliminación del crédito especial IVA a las empresas constructoras, estableciendo una transición más prolongada.
Resulta justificable la medida’. Respecto del nuevo tratamiento a los contratos de leasing que estableció la Ley 21.420, dice que ‘si bien este proyecto posterga su vigencia al 2024, cabe recordar que una indicación al proyecto de reforma tributaria que actualmente está en discusión deroga este nuevo tratamiento y su artículo (37 bis de la Ley de Impuesto a la Renta)’. Claudio Bustos, socio de Bustos Tax & Legal, coincide en que es ‘positivo que se esté postergando la entrada en vigencia de algunas normas que son nocivas para el mercado, aun cuando habría sido mejor que se hubieran dejado sin efecto completamente dichas medidas’.
Agrega que ‘el proyecto del Ejecutivo posterga la entrada en vigencia del cambio en el tratamiento tributario a los contratos de leasing financiero, el cual comenzaba a regir a contar del 1 de enero de 2023, y el proyecto lo posterga para el año 2024. Igualmente, en el caso de la norma que deroga gradualmente el crédito especial a las empresas constructoras por la construcción de viviendas económicas, modificación que se concretaba el año 2025, ahora se posterga hasta el año 2027’.
Fuente: El Mercurio